Según (Vaccaro, 2009) “la propiedad
intelectual se conceptualiza como un conjunto de
derechos temporales, exclusivos y excluyentes destinados principalmente a
impedir falsificaciones o copias no autorizadas de las creaciones -materiales o
inmateriales- del intelecto humano". De eso, deducimos, que toda implementación
de innovaciones o producciones intelectuales necesita de la autorización de su
autor o productor titular.
Bibliografía
Vaccaro, C. S. (agosto de 2009). Scielo. Obtenido
de PROPIEDAD INTELECTUAL, DOMINIO PÚBLICO Y EQUILIBRIO DE INTERESES:
https://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-34372009000200006#n5
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